La nueva política de privacidad de La Liga, tras la aplicación de la RGPD, ha desvelado que su app móvil estaría utilizando los micrófonos y sistemas de geolocalización como ‘espías’ para detectar retransmisiones fraudulentas de fútbol en bares y locales. Varios expertos en derecho han denunciado este hecho, del que se hizo eco ElDiario.es y que ya está investigando la AEPD.
“Haciendo click aquí, aceptas que La Liga trate tus datos personales, incluyendo los obtenidos por medio de micrófono de tu dispositivo móvil y el geoposicionamiento, para detectar fraudes en el consumo de fútbol en establecimientos públicos no autorizados”. Con esta casilla de aceptación opcional se actualiza la política de privacidad de la aplicación de La Liga, tras la activación del nuevo RGPD en mayo.
Este domingo, eldiario.es se hizo eco de las nuevas condiciones y de la alerta que dieron los expertos en derecho y tecnología Jorge Morell y Esther Botella, sobre el uso que estaría dando La Liga de los smartphones de sus usuarios. Según se menciona en la política de privacidad de La Liga, estarían utilizando los micrófonos y el sistema de geolocalización para detectar bares y locales públicos que estén televisando los partidos de fútbol sin tener un contrato acorde a este tipo de recintos. Para ello, “el micrófono captará fragmentos de audio con el único objeto de poder conocer si estás viendo partidos de fútbol”, reza el aviso legal.
Por lo tanto, si aceptamos ese punto, nuestro Smartphone se convierte en una especie de dispositivo espía que puede activar el micrófono en cualquier momento y geolocalizarnos para reconocer el bar donde estamos viendo el fútbol. También indica el propio aviso legal que esta información se utilizaría para conocer patrones estadísticos sobre consumo de fútbol. Esto convierte a los usuarios en inspectores de la LFP no remunerados.
Uno de los puntos más polémicos de este caso es el hecho de que La Liga no ha comunicado este uso hasta que ha sido obligatorio, debido a la activación de la RGPD. Recordemos que su vigencia se remonta a 2016, pese a que no había sanciones. Según indican en un comunicado, la funcionalidad sólo estaría habilitada desde el 8 de junio de 2018 y para dispositivos Android.
La AEPD ya ha abierto una investigación de oficio para comprobar si se ha cumplido debidamente el nuevo Reglamento General de Protección de Datos. Según esta normativa, una ilegalidad en este tipo de acciones denunciadas sería considerada una infracción muy grave, con sanciones del 4% de facturación anual hasta un máximo de 20 millones de euros.